Planificación
hidrológica

CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LA GOMERA

Plan Hidrológico Insular de La Gomera

La Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, regula, en el Capítulo III de su Título III, los criterios a que habrán de ajustarse la redacción y aprobación de los Planes Hidrológicos Insulares como instrumentos básicos de la planificación hidrológica.

El Consejo Insular de Aguas de La Gomera presentó el Plan Hidrológico Insular de La Gomera ante la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, para su aprobación definitiva por el Gobierno de Canarias. Dicho Plan fue aprobado provisionalmente por el Pleno del Cabildo Insular Canarias de La Gomera, en sesión celebrada el 6 de marzo de 2002.

En razón a la inexistencia del Plan Hidrológico Regional y a la adecuación de este Plan Insular a las disposiciones legales, la Dirección General de Aguas, según establece el artículo 23.5 del Decreto 161/1996, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, ha informado favorablemente la solicitud de aprobación del Plan Hidrológico Insular de La Gomera.

Los artículos 7.c) y 41 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, establecen que la aprobación definitiva de los Planes Insulares compete al Gobierno de Canarias, que la otorgará salvo que aprecie en su texto vulneración de disposiciones legales, inadecuación al Plan Hidrológico Regional o defectos formales graves, en cuyo caso procederá la devolución del proyecto, con expresión motivada de la causa, al Cabildo que, cuando proceda, lo remitirá al Consejo Insular.

Recursos:

DECRETO 101/2002, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico Insular de La Gomera.

Informe de seguimiento 2017 de la planificación hidrológica del Segundo Ciclo (2015-2021)

Plan Hidrológico de la Gomera (2015 – 2021) Aprobación definitiva